Conversaciones con Claudio Gutiérrez, profesor Universidad de Chile, sobre el mundo digital en la nueva Constitución

El sábado 23 de julio en el programa radial Maule Sur Constituyente (comuna rural de Longaví), estrechamente vinculado a nuestro Semanario Aula Magna, el académico del Departamento de Ciencias de la Computación de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas, de la Universidad de Chile, Claudio Gutiérrez, Ph.D. Computer Science, Wesleyan University; conversó sobre los alcances del proyecto de nueva Constitución en materia digital

¿Qué se entiende por revolución científica y tecnológica?

La ciencia y la tecnología son creaciones humanas, productos humanos. Como el arte, la literatura. Esto es bueno entenderlo de partida. Los objetos tecnológicos cristalizan la creatividad y el trabajo humano. No son productos mágicos o venidos de otro planeta. Los creamos los humanos, las personas.

Hoy día estamos viviendo, a nivel planetario, "cambios dramáticos y de largo alcance en la forma cómo algo funciona o se organiza o en las ideas de la gente sobre ello" (definición de una revolución). Cambios en cómo abordamos la naturaleza y el medio en que vivimos; cambios en nuestra relación con la naturaleza; cambios en la capacidad que tenemos de producir artefactos y ambientes que transforman nuestro medio y a nosotros.

Entre las más relevantes de ellas están las tecnologías digitales, y por ello se habla de revolución digital. Lo digital, de alguna manera, está revolucionando las maneras de relacionarnos y de individuarnos como humanos. Como ejemplo de ello mencionemos los dramáticos cambios en los hábitos y la sociabilidad debido al celular; cambios en el acceso a la información y el conocimiento debido a "Internet" (debiera decir la "Web", pero la gente usualmente las iguala); cambios en el mundo del trabajo y las/los trabajadores debido a la automatización; cambios en la vida diaria debido a múltiples dispositivos que tienen "computadores" adentro (la lavadora automática; la TV "inteligente"; dispositivos médicos varios, etc.); cambios en la manera de tratar políticas públicas debido a sofisticados programas de análisis sobre datos masivos, etc.

¿Por qué se señala que la nueva constitución tiene a la vista esta revolución científica y tecnológica?

La Nueva Constitución aborda, tiene en cuenta, considera, este nuevo ambiente del siglo XXI que los humanos estamos viviendo y construyendo. Incorpora una gran preocupación por los temas ambientales, la preocupación por lo que nuestros ancestros llamaban la "pacha mama". En particular una preocupación dirigida hacia la naturaleza en que vivimos y los seres vivos en su integridad. Y, en mi opinión esto es muy novedoso --claro que estoy algo sesgado, pues yo soy profesor e investigador en este tema--, una consideración especial al tema del mundo digital. Esto es muy relevante y es muy novedoso a nivel mundial. Esta es de las primeras constituciones (y digo "de las", y no "la" solo por humildad académica) que incorpora este tema de manera sistemática. En este terreno estamos haciendo historia.

¿Qué se entiende por derechos digitales?

Lo digital es un nuevo espacio que se ha abierto con las tecnologías digitales. Un nuevo ambiente que hoy acompaña (pero no reemplaza) nuestro medio tradicional (material) en que nos desenvolvíamos como humanos. Es una nueva "frontera" que estamos explorando. Si queremos expresar en una frase lo que genera esa disrupción que están produciendo las tecnologías digitales, habría que decir que es la actual capacidad de registrar, de guardar, de almacenar, toda la historia que vamos haciendo, cada movimiento que hacemos, cada cambio que tienen nuestros cuerpos, cada palabra que se emite, cada sonido que se produce. Y registrar ese mundo en un medio de infinita flexibilidad y maleabilidad que es el medio digital. En nuestros tiempos (quienes fuimos niños hace medio siglo) teníamos a nuestra disposición dos medios que servían para imaginar y crear mundos paralelos que permanecieran: la plasticina y el Lego. Con ellos "hacíamos" figuras que copiábamos de la naturaleza, y que imaginábamos, autos con 5 ruedas, animales con 2 cabezas, casas de formas extrañas, etc. En una palabra, medios que permitían a los niños "materializar" los sueños, las ideas, los proyectos, etc. que uno imaginaba. Exactamente eso es lo que permite hoy el medio digital. Ese medio son los datos. Los datos nos permiten registrar casi lo que queramos, transformarlo, "materializar" (en nuevos datos) ideas y proyectos, combinar visiones. Pero no solo eso: también compartirlas; el digital es un medio liviano que permite ser transportado y comunicado en grandes cantidades y en tiempo casi inmediato. Pero no solo eso: es un medio que permite poner la tradicional información (periódicos, radio, TV, cine) y el conocimiento (libros, pinturas, museos, geografías distantes, países desconocidos, etc.) en la mano (literalmente) de cualquier persona en cualquier lugar (por eso no es extraño ver a la gente "pegada" al celular). Pero no solo eso: es un medio que permite combinar el pasado con el presente y diseñar el futuro, analizar gigantescas cantidades de datos (es decir, pedazos de realidad) y entenderlas y predecir (el tiempo, las mareas, la evolución de determinadas especies, la difusión de enfermedades, etc.). En una palabra, una revolución en la manera de abordar el mundo.

Y claro, ya se imaginarán que esta poderosísima tecnología --como cualquier tecnología-- puede ayudar a vivir mucho mejor (reemplazar trabajos riesgosos y pesados, transformar la educación, acercar personas y culturas, etc.), pero también permite abusar de ella para explotar a las personas, para manipularlas, para consolidar poder, etc. Como en todos los ámbitos, el peligro no son las tecnologías per se, sino el (mal) uso que se les dé, quienes se aprovechan de ellas (sean individuos o instituciones o gobiernos) para ejercer poder sobre otras personas.

Es por esto último que una carta fundamental, una Constitución en el siglo XXI, un siglo donde las tecnologías digitales son parte de nuestra vida, debe considerar este medio. Y como en toda constitución, establecer los derechos que protegen a las personas en este ámbito digital. Y la propuesta de Nueva Constitución lo hace de muy buena manera.

 ¿Qué derechos digitales consagra la nueva constitución?

Destacaremos cuatro ámbitos que resaltan esta preocupación de la Nueva Constitución por los temas y la regulación digital. Para quienes quieran profundizar recomendamos fuertemente el estudio de Lucas MacClure, Verónica Mery y Claudio Ruiz, La regulación digital y la propuesta de nueva Constitución 1, que aprovechamos para esta síntesis:

Primero el Acceso a internet, infraestructura de internet en general, y neutralidad de la red. Incorporar a nivel constitucional este derecho es novedoso. Hoy día el "ambiente" digital es parte del ambiente en que los humanos habitamos (como vimos anteriormente). Luego el derecho a acceder a él es parte sustancial de los derechos de las personas. (Art. 86) En la misma línea, el acceso universal a la conectividad digital y otros derechos relacionados (Infraestructura de internet como materia de interés público, Neutralidad de la red). También es destacable la preocupación por el acceso de las personas mayores a este medio (Art. 32).

Luego el tema Contenidos, Libertad de expresión, medios de comunicación e información. En este terreno la Nueva Constitución expande el marco tradicional de la libertad de expresión y opinión, por ejemplo con el derecho a fundar y mantener plataformas digitales. (Art. 82) Aborda la necesidad de pluralismo informativo y la comunicación, y el problema concentración de propiedad sobre las plataformas. (Art. 83, 84) Establece la necesidad de la existencia de plataformas públicas. (Art. 85) En un terreno aledaño, lleva al terreno digital los temas de resguardo de la dignidad de las personas, abordando la aclaración y rectificación de contenidos que ofenden o aluden injustamente a una persona, que sabemos, en el terreno digital es un tema hoy abierto. Establece asimismo el derecho a tener espacios digitales libre de violencia, cosa que es un gran desafío técnico hoy. (Art. 89, 90).

También en materia de Privacidad, Datos Personales y Ciberseguridad. El tema de la protección de datos personales es uno de los temas fundamentales del derecho en el mundo digital. Hoy tenemos legislaciones bastante avanzadas en ese terreo (e.g. La GDPR Europea: Reglamento General de Protección de Datos). La Nueva Constitución avanza en estos terrenos a nivel constitucional de manera inédita. (Art. 87). También avanza un marco de Ciberseguridad, e garantizando "la integridad, confidencialidad, disponibilidad y resiliencia de la información que contengan los sistemas informáticos que administren" (Art. 88).

Por último Democracia, otros procesos de toma de decisiones del Estado y transparencia. La Nueva Constitución instala la participación ciudadana como un pilar de la democracia, incluyendo por primera vez los medios digitales (Art. 152). También empuja la incorporación de estas tecnologías a nivel de Gobierno (Art. 178). Finalmente la transparencia está íntimamente ligada a la posibilidad real de que las y los ciudadanos puedan tener acceso a los datos y la información de los procesos de gobierno. Para ello el medio digital es casi ineludible y es lo que establece otro articulado (Art. 167).

El texto incorpora otros temas muy novedosos como desconexión digital en el contexto del trabajo (Art. 46.1), el derecho a la educación y alfabetizaciones digital (Art. 90, 216.2).

¿Cómo debe responder la escuela, el liceo, ante la necesidad de conocer estos derechos? 

Es muy relevante educar a la ciudadanía sobre estos temas en dos líneas. Primero, enseñar, hacer comprender, el mundo que vivimos, los alcances, desafíos y limitaciones de los medios digitales. Entender las tecnologías y ser capaces de ser agentes activos en este ámbito. Segundo, dar a conocer los derechos que la nueva Constitución otorga, pero sobre todo, ser capaces de reflexionar cómo las y los ciudadanos debemos abordar estos temas. Seguramente este será un proceso en construcción, puesto que estamos enfrentando desafíos y transformaciones inéditas.

La escuela, el liceo, las organizaciones comunitarias tienen un rol muy activo que jugar aquí. Y esto pasa por "educar(se)", pues una de las características de las tecnologías digitales es que son nuevas para todas, todos, todes y muchas veces, los jóvenes están más atentos que sus profesores o los adultos sobre estos temas.

Podría indicar por qué sería bueno para el país que estos derechos se consagren y porque sería malo que no sean reconocidos si gana el rechazo

Ya lo planteamos: la nueva Constitución es innovadora a nivel mundial en este tema. Por ello es importante entender esto. La nueva Constitución es revolucionaria en este aspecto. Estamos viviendo el siglo XXI. Rechazar esta constitución significa en este terreno "no innovar", es decir, quedarnos en un tiempo (cuando se impone por la fuerza la constitución anterior) donde este tema no existía. Es decir, la diferencia es abismal: no se trata de mejorar; se trata de incorporar algo que no existía. Y que las, los constituyentes hayan entendido eso, que hayan sido pioneras, pioneros, a nivel mundial, dice mucho de lo orgulloso que tenemos que estar de este texto en estos aspectos.


1 La regulación digital y la propuesta de nueva Constitución Por Lucas MacClure, Verónica Mery y Claudio Ruiz (en https://criti.ca/download/652/ )