Las y los constituyentes debatieron la segunda propuesta del segundo informe de la Comisión de Sistemas de Conocimientos, que coordinan Malucha Pinto y Carolina Videla.
Cabe destacar, en las normas aprobadas con el quorum de 2/3 (103 votos afirmativos), aquellas que consagran los derechos de autor. Estas otorgan al creador la autorización exclusiva del uso de sus obras.
De esta manera, se establece que todas las personas tienen derecho a la protección de sus obras intelectuales, científicas y artísticas, así como también los derechos morales y patrimoniales sobre ellas.
Este derecho también aplica para intérpretes sobre sus interpretaciones o ejecuciones.
También se incorpora que el Estado reconoce el derecho de los pueblos y naciones indígenas a preservar, revitalizar, desarrollar y transmitir los conocimientos tradicionales y saberes ancestrales y debe, en conjunto con ellos, adoptar medidas eficaces para garantizar su ejercicio.
Otro de los artículos aprobados, define que todas las personas, individual y colectivamente, tienen el derecho a la protección y promoción de la seguridad informática.
Esto implica que el Estado y los particulares deberán adoptar las medidas idóneas y necesarias que garanticen la integridad, confidencialidad, disponibilidad y resiliencia de la información que contengan los sistemas informáticos que administren, salvo los casos expresamente señalados por la ley.
Asimismo, se establece que el acceso a la información pública será garantizado con la sola
excepción de aquellas materias que la ley determine con carácter de reservada o secreta.