Convención aprueba DD.HH ambientales, soberanía alimentaria y materias económicas

Las y los constituyentes aprobaron el informe de la Comisión de Medio Ambiente que incluye una nueva política de actividad minera que deberá considerar la protección ambiental y de la pequeña minería y pirquineros.

 El Pleno de la Convención Constitucional votó el informe de reemplazo de la Comisión de Medio Ambiente sobre agua, minería, modelo económico, política fiscal, glaciares, humedales y más.

De un total de 34 artículos, 16 fueron aprobados con 103 votos o más, con lo cual se incorporaron al borrador de nueva Constitución.

Estatuto constitucional de las aguas

Se aprobaron cuatro artículos sobre este bien común inapropiable, referidos al deber del Estado de protegerlo y velar por su uso razonable. Asimismo, se estableció que en su uso debe prevalecer el ejercicio del derecho humano al agua y al saneamiento, y el equilibrio de los ecosistemas.

Junto a ello, se definió un sistema de gobernanza de aguas llamado Consejo de Cuencas.

Custodia pública de la Naturaleza

Se aprobó un nuevo artículo que establece que el Estado tiene el deber de custodia sobre todos los bienes comunes naturales, con el fin de asegurar los derechos de la Naturaleza. Cualquier persona podrá exigir el cumplimiento de los deberes constitucionales de custodia de los bienes comunes naturales.

Pero en la práctica, ¿Qué significa esto? Este deber de custodia es un estándar de especial protección, que implica garantizar la integridad de los ecosistemas, el respeto de los derechos de la Naturaleza y la mantención de sus contribuciones a la sociedad.

Aquello va en directa relación con otro de los artículos aprobados titulado “De los humedales, bosques nativos y suelos” el cual implica que, el Estado como custodio deberá asegurar la integridad de estos ecosistemas, sus funciones, procesos y conectividad hídrica.

De las Áreas protegidas 

El Estado, a través de un sistema nacional de áreas protegidas, único, integral y de carácter técnico, deberá garantizar la preservación, restauración y conservación de espacios naturales. 

También tendrá que monitorear y mantener información actualizada sobre los atributos de dichas áreas y garantizar la participación de las comunidades locales y entidades territoriales.

Soberanía y seguridad alimentaria

Es  deber  del  Estado  asegurar  la soberanía y seguridad alimentaria. Para esto promoverá:

  • Producción
  • Distribución
  • Consumo de alimentos que garanticen el derecho a la alimentación sana y adecuada
  • Comercio justo
  • Sistemas alimentarios ecológicamente responsables

Estatuto constitucional de los minerales

Se aprobó el articulado que mantiene que el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de las minas, como en la actual Constitución. 

En tanto, la exploración, explotación y aprovechamiento de estas sustancias se sujetará a una regulación que considere su carácter finito, no renovable, de interés público intergeneracional y la protección ambiental.

Junto a la anterior, también se aprobó la Política de actividad minera. Con esto, será labor del Estado definir una política de actividad minera y el vínculo entre empresas de diferentes sectores productivos.  

Esta política deberá tener en consideración:

  • Protección ambiental y social
  • Innovación
  • Generación de valor agregado
  • Acceso y uso de tecnología
  • Protección de la pequeña minería y pirquineros

Materia económica

Aquí se aprobaron tres artículos referidos al Rol económico del Estado: El Estado participa en la economía (…) lo que deberá hacer de forma coordinada y coherente, en base a los principios de solidaridad, diversificación productiva, economía social y solidaria, y pluralismo económico.

Asimismo, el Estado fomentará:

  • Innovación
  • Mercados locales
  • Circuitos cortos
  • Economía circular

En materia de regulación a la actividad empresarial del estado, se establece que para participar de la economía, el Estado podrá desarrollar actividades empresariales según lo que determine la normativa respectiva.

Las empresas públicas se deberán crear por ley y se regirán por el régimen jurídico que esta determine. 

Cuando corresponda, serán aplicables las normas de derecho público sobre probidad y rendición de cuentas.

Derechos humanos ambientales

Por último, se aprobaron tres artículos que establecen que “todas las personas tienen derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado”, el acceso a la justicia ambiental y el derecho a un “aire limpio durante todo el ciclo de vida”.

Al finalizar las votaciones, la coordinación y constituyentes de diferentes colectivos entregaron un balance positivo y alegre de la jornada.

Juan José Martin, coordinador de la Comisión de Medio Ambiente señaló que “las normas presentadas fueron producto de un gran esfuerzo de los colectivos. Rescatamos el ánimo de diálogo que se mantuvo y con el cual logramos construir normas que hoy demuestran un avance sustantivo”.

Junto a él, la coordinadora Camila Zárate destacó algunas de las materias aprobadas por el Pleno: “Logramos establecer la administración concreta con respecto al agua, que será ecológicamente responsable, con el ciclo hidrológico en el centro, y un uso prioritario para el consumo humano y el equilibrio de los ecosistemas”.

Por otra parte, 17 artículos obtuvieron menos de 103 votos por lo cual fueron devueltos a la Comisión de Medio Ambiente para recibir indicaciones y elaborar una segunda y última propuesta constitucional.

Al respecto, Martin indicó que “vamos a seguir dialogando y llegando a los últimos acuerdos. Estamos bastante contentos con la jornada de hoy. Por supuesto que queda bastante por delante y haremos el esfuerzo final para enviar este último informe y con esto cerrar el proceso de la Comisión de Medio Ambiente”, cerró el constituyente y coordinador.

Revisa el detalle de los artículos aprobados y que pasaron al borrador de la nueva Constitución aquí.