El acceso a la justicia puede concebirse como la posibilidad de que las personas puedan llevar sus conflictos ante los órganos encargados de impartir justicia y obtener respuestas que contribuyan a solucionar sus conflictos y se relaciona con la tutela judicial efectiva y el debido proceso. Hoy, además, es un factor que incide en el progreso económico de los países y, por ende, tiene un impacto positivo en la capacidad de prevenir y superar la pobreza mediante la utilización de mecanismos innovadores.
Por ello, en los Objetivos de Desarrollo del Milenio, se consideró facilitar el acceso a la justicia creando instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles. Para ello, es deber de los Estados articular un conjunto de instituciones, principios procesales, garantías jurídicas y directrices político-sociales, en virtud de los cuales sea posible ejercer este derecho, todo lo cual debe ser llevado a la práctica en las mejores condiciones posibles de acceso económico e inteligibilidad cultural, de modo tal que dicha tutela no resulte retórica, lo que implica la necesidad de que las y los ciudadanos tengan no solo la posibilidad jurídica sino también material de acceder fácilmente y sin retrasos a los sistemas de justicia.
Dicha eliminación de barreras de acceso a los sistemas de justicia es liderada por el uso de TICs y la implementación de plataformas virtuales, transitando sostenidamente hacia la noción de una e-justicia lo que podría coadyuvar a una administración de justicia de calidad y próxima al ciudadano y supone importantes beneficios en el funcionamiento de la administración de justicia pues mejora la gestión y desempeño de las instituciones del sistema judicial e impacta en el acceso a la justicia para toda la población. En consecuencia, como primer desafío, surge el deber de velar por que el acceso a las TICs no se convierta en una barrera material que impida su ejercicio efectivo.
La articulación de sistemas de justicia electrónicos ha implicado que los Estados se han encargado principalmente de adaptar la organización judicial y los procedimientos a través de instrumentos regulatorios y de capacitación de sus funcionarios. No obstante, la efectividad de estas reformas se ralentiza cuando el usuario final, las y los ciudadanos y sus respectivos abogados y abogadas, no conocen de estas mejoras o se resisten a los cambios que implica el uso de la tecnología, para lo cual son necesarios mecanismos de comunicación eficaces, disponibilidad y respuesta inmediata, simplicidad, adaptabilidad, interoperabilidad y confianza social. Asimismo, debe considerar el efecto que ello tiene también en el ejercicio de una profesión acostumbrada a los ritualismos y formalidades.
Es por ello que las TICs incorporadas al proceso son un impulso exógeno a la evolución de la abogacía que implica la necesidad de contar con profesionales capaces de responder a un pensamiento complejo en el marco de una sociedad inmersa en la denominada cuarta revolución industrial, lo que además debiese ser considerado en la formación de los mismos, pues son ellas y ellos quienes materializan a través de diferentes recursos materiales, tecnológicos y jurídicos las expectativas de concreción del derecho de acceder a la justicia.
En ese contexto, se han aprovechado las TICs a fin de masificar y modernizar el acceso a la justicia de las personas y su irrupción en los procesos judiciales ha traído consigo la necesidad de que la profesión se adapte a este nuevo entorno digital en el cual conviven al mismo tiempo comunidades virtuales y redes sociales sobre temas jurídicos; usos de realidad virtual que permiten conocer otras “realidades” a través del ciberespacio sin necesidad de desplazarse; uso de chat o mensajería instantánea; agenda electrónica, que permite a los actores estar sincronizados con un punto de consulta único para conocer los casos sin tener que desplazarse; sistemas para la administración de recursos financieros y humanos; seguimiento de casos; litigación a través de Internet, expediente virtual, desformalización de notificaciones, indicadores de tramitación; capacitación vía e-learning; firma digital; acceso electrónico a servicios públicos; sistemas de Gestión Judicial o Tracking System que gestionan todo el trámite procesal de un expediente y aplicaciones móviles, tales como: Goodreader; Reminders; Documents to go; LogMeIn; FastCase and dLaw; Dropbox; EzPDF Reader; SignMyPad; WestLawNext; Depose; Vlex; Monolegal, Casetracking y Abogapp.
La comprensión del correcto uso de estas tecnologías requiere de un verdadero proceso de alfabetización digital a fin de aprovechar al máximo sus ventajas y minimizar sus riesgos. Estos avances han generado también que los despachos incorporen a su estructura a los community manager, el conocimiento del marketing digital, avanzando incluso a la incorporación del digital thinking como modelo de trabajo o del business intelligence, así como el uso de la big data, lo que implica cambios culturales profundos en el ejercicio profesional.
Para ello, las y los abogados hemos debido adaptarnos rápidamente afectando con ello también el universo laboral y las habilidades que se necesitan para participar activa y productivamente en el futuro, surgiendo también dudas: ¿cuáles son las necesidades en capacitación y desarrollo de competencias digitales?, ¿qué sucede con el acceso efectivo a recursos digitales en zonas geográficas apartadas? ¿estas necesidades son asumidas en los planes de formación profesional? ¿cuáles son esas competencias digitales que nos exige el desarrollo profesional en la actualidad? Y, finalmente, ¿Estamos preparados para ello?